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Notificaciones Electrónicas de la Administración

La digitalización administrativa es una trampa legal de 10 días para el ciudadano no obligado.

Si usted eligió la vía electrónica para un solo trámite, la Ley 39/2015 le aplica el rechazo tácito: si no accede a la notificación en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) en el plazo de diez días naturales, la notificación se considera legalmente rechazada y el acto adquiere firmeza.

Esto genera una indefensión por notificaciones electrónicas casi irreversible, ya que el plazo de recurso comienza a correr desde el día 11, sin que usted haya abierto el documento.

Mi consejo: La responsabilidad es suya. La Administración no está obligada a que el aviso de correo le funcione. La única vía para evitar la indefensión es la vigilancia diaria de la DEHú.

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