La digitalización administrativa es una trampa legal de 10 días para el ciudadano no obligado.
Si usted eligió la vía electrónica para un solo trámite, la Ley 39/2015 le aplica el rechazo tácito: si no accede a la notificación en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) en el plazo de diez días naturales, la notificación se considera legalmente rechazada y el acto adquiere firmeza.
Esto genera una indefensión por notificaciones electrónicas casi irreversible, ya que el plazo de recurso comienza a correr desde el día 11, sin que usted haya abierto el documento.
Mi consejo: La responsabilidad es suya. La Administración no está obligada a que el aviso de correo le funcione. La única vía para evitar la indefensión es la vigilancia diaria de la DEHú.
